¿Como obtengo el permiso de salida para menores de edad? República Dominicana

¿Qué es el permiso de salida de menores?

Es la certificación en la que un padre o ambos, autorizan a un menor dominicano o extranjero con residencia legal, a salir del territorio nacional

Requerimientos / Condiciones

1- En el caso de que el menor se desplace en compañía de uno de sus progenitores, será indispensable contar con la debida autorización del otro progenitor, respaldada por un acto notarial debidamente legalizado por la Procuraduría General de la República. Este documento deberá ser presentado ante la DGM, acompañado de los requisitos detallados más adelante en los puntos (a, b, c, d, e, f).

2- Si el menor viaja en compañía de una tercera persona o de la aerolínea, ambos padres deberán otorgar su autorización mediante un acto notarial debidamente legalizado por la Procuraduría General de la República. Este acto se presentará ante la Dirección General de Migración junto con los requisitos especificados en los puntos (a, b, c, d, e, f).

3- En el caso de que uno o ambos progenitores se encuentren en el extranjero, deberán dirigirse al Consulado Dominicano más cercano y solicitar el Poder Consular, que autorice la salida del menor ya sea en solitario o acompañado. Posteriormente, deberán apostillarlo en la Cancillería y llevarlo a Migración junto con los requisitos detallados en los puntos (a, b, c, d, e, f).

4- Aunque uno de los padres ostente la guarda o custodia del menor, será necesario presentar la autorización de viaje del otro progenitor o la autorización del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes (Decreto 631-11).

a) Fotocopia del pasaporte del menor y de su acompañante.

b) Fotocopia de la visa o residencia del menor y de su acompañante.

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c) Acta de nacimiento original y legalizada del menor. En caso de ser extranjero, se requerirá una copia.

d) Dos fotografías 2×2 recientes del menor, tomadas de frente.

e) Fotocopia de las cédulas de los padres que otorgan la autorización.

f) El permiso de salida conlleva un costo de RD$ 2,000.00 por un menor y RD$ 1,500.00 adicional por cada menor que figure en el mismo documento (hermanos). Su validez será de 90 días a partir de la fecha de expedición.

5- En caso de fallecimiento de uno de los padres, si el progenitor sobreviviente desea viajar con el menor, deberá presentar en el aeropuerto, puerto o punto fronterizo el acta de defunción original legalizada para confirmar la filiación.

6- Si el niño está legalmente reconocido solo por la madre:

a) Si el menor viaja con la madre, **bastará con presentar un acta de nacimiento original legalizada**.

b) En caso de que viaje solo o con una tercera persona, **la madre deberá autorizarlo mediante un acto notarial debidamente legalizado por la Procuraduría General de la República**, que llevará a la Dirección General de Migración junto con los requisitos detallados en los puntos (a, b, c, d, e, f).

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